Multas por acceso indebido a Distrito Centro

Pilar , 13/12/2021    #MADRID, #DISTRITO CENTRO, #ZONA BAJAS EMISIONES



Imagen: Diario de Madrid

El Ayuntamiento de Madrid multa a partir de esta medianoche pasada a los vehículos que entren indebidamente en Distrito Centro. Se trata de una zona de bajas emisiones en la que queda restringido el tráfico desde el pasado 22 de septiembre. Hasta ayer los vehículos que eran detectados cometiendo una infracción eran informados solamente, pero no sancionados. En la carta que se les enviaba se explicaba los motivos de la regulación de la Zona, la fecha en que entraría en vigor con multas y el importe de la que se habría impuesto al infractor.

El periodo de aviso comenzó el 11 de octubre, fecha desde la que se han enviado 87.667 cartas informativas a infractores. Ahora ya serán con el importe de la multa, que es de 90 euros, 45 si se abonan por pronto pago.

Por la zona Distrito Centro pueden circular libremente las personas empadronadas en esa zona y estacionar en el SER si están autorizados. Fuera de su barrio podrán estacionar en el SER verde pagando la tasa correspondiente. También tienen libre acceso y estacionamiento los vehículos de Cero emisiones y los que tengan distintivo ambiental ECO podrán circular libremente y aparcar en zona SER dos horas como máximo. No podrán circular los empadronados cuyo vehículo esté domiciliado fuera de Madrid.

Los vehículos de categoría ambiental A, sin distintivo, solo podrán entrar si son residentes empadronados, si son vehículos pesados, de servicios esenciales en algunos casos y si trasladan a personas con movilidad reducida.

Los que tengan distintivo B y C, podrán entrar solamente para aparcar en parking público, privado o reserva de estacionamiento no dotacional, https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Movilidad-y-transportes/Ordenanza-de-Movilidad-Sostenible/?vgnextfmt=default&vgnextoid=d73fff17a1151610VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=220e31d3b28fe410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&idCapitulo=10614227 a menos que sean vehículos autorizados por los residentes, de una persona con movilidad reducida, de servicios esenciales, o de servicios profesionales o de suministros, dentro del horario en que lo tienen permitido.

A partir del 22 de diciembre se equiparará el tratamiento de comerciantes y residentes, por lo que tendrán la misma regulación los vehículos de residentes que los de los comerciantes, profesionales y comerciales que desarrollen su actividad en Distrito Centro.




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